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Artículo 88 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo establece dos reglas importantes cuando se usa un sistema en línea para resolver disputas, como las que puedas tener en una plataforma de compras. Primero, tienes derecho a saber exactamente cómo funciona ese sistema, con explicaciones claras y sencillas, sin palabras complicadas. Segundo, la empresa o plataforma debe ser transparente sobre cómo sus algoritmos (las fórmulas matemáticas que usa la computadora) toman decisiones, para que cualquiera pueda entender y revisar por qué se llegó a un resultado. En pocas palabras, no te pueden ocultar nada sobre el proceso automático que resolverá tu problema.

Texto oficial

Artículo 88. En los procedimientos de Solución de Controversias en Línea, además de los principios previstos en esta Ley, serán aplicables los siguientes: I. Pleno conocimiento. Las partes que utilicen Sistemas en Línea tienen el derecho de acceder y conocer toda la información disponible sobre su funcionamiento, mediante un lenguaje claro y sencillo, y II. Transparencia algorítmica. Conjunto de medidas y prácticas para hacer que los algoritmos utilizados por los sistemas automatizados sean visibles, comprensibles y auditables, con el fin LEY GENERAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 26-01-2024 22 de 39 de conocer la lógica y las reglas con las que operan y cómo se aplicarán en la Solución de Controversias en Línea.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.