Artículo 67 de la LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Nacional tiene dos grupos principales que lo manejan: uno se llama la Junta de Gobierno y el otro es la Dirección General. La Junta de Gobierno es como el equipo más alto que toma las decisiones importantes, y la Dirección General es quien se encarga de ponerlas en práctica día a día. Así que, básicamente, estos dos órganos se parten el trabajo para que el Consejo funcione bien.
Texto oficial
Artículo 67. El Consejo Nacional contará con los siguientes órganos de gobierno y administración: I. La Junta de Gobierno, y II. La Dirección General. Sección Primera De la Junta de Gobierno
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.