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Artículo 67 de la LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Consejo Nacional tiene dos grupos principales que lo manejan: uno se llama la Junta de Gobierno y el otro es la Dirección General. La Junta de Gobierno es como el equipo más alto que toma las decisiones importantes, y la Dirección General es quien se encarga de ponerlas en práctica día a día. Así que, básicamente, estos dos órganos se parten el trabajo para que el Consejo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 67. El Consejo Nacional contará con los siguientes órganos de gobierno y administración: I. La Junta de Gobierno, y II. La Dirección General. Sección Primera De la Junta de Gobierno

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.