Artículo 92 de la LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todos los centros públicos (como institutos de investigación) deben tener un grupo de personas que tomen las decisiones importantes (Órgano de Gobierno), un jefe o director principal (Dirección General), un grupo que dé consejos internos (Consejo Consultivo) con dos equipos: uno académico y otro técnico, una asamblea de investigadores, un comité externo que evalúe sin cobrar (honorífica) y una comisión que dictamine o decida sobre proyectos. Además, todos estos grupos tienen que promover la democracia, la participación, la igualdad de oportunidades y la paridad de género (que haya igual número de hombres y mujeres), y también deben crear sistemas de supervisión con confianza y capacitación constante del personal.
Texto oficial
Artículo 92. Los Centros Públicos deben contar con los siguientes órganos de gobierno, dirección, consulta y evaluación: I. Órgano de Gobierno; II. Dirección General o equivalente; LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 08-05-2023 45 de 52 III. Consejo Consultivo Interno o equivalente, con un Comité Académico y un Comité Técnico; IV. Asamblea del Personal de Investigación Humanística y Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación; V. Comité Externo de Evaluación, cuyos integrantes realizarán sus funciones de manera honorífica, y VI. Comisión Dictaminadora o equivalente. Los órganos de los Centros Públicos, en el ámbito de su competencia, fomentarán prácticas democráticas y mecanismos de participación que favorezcan la pluralidad, la igualdad de oportunidades y la paridad de género al interior de las instituciones y promoverán sistemas de supervisión y seguimiento basados en la confianza, así como en la formación y actualización continua del personal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.