Artículo 12 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el sistema de transporte en las calles debe estar diseñado para cuidar al máximo tu vida, tu salud y tu integridad física mientras te desplazas. Para lograrlo, las autoridades (como gobierno o tránsito) tienen que enfocarse más en prevenir accidentes, reduciendo los peligros con un enfoque de sistemas seguros. También dice que las leyes y reglamentos deben usar estudios científicos y técnicos para protegerte, y deben tener reglas claras para vigilar, regular y castigar las cosas que pongan en riesgo tu seguridad al moverte.
Texto oficial
Artículo 12. El sistema de movilidad debe contar con las condiciones necesarias que protejan al máximo posible la vida, salud e integridad física de las personas en sus desplazamientos por las vías públicas. Para ello, las autoridades competentes en el ámbito de sus facultades deberán privilegiar las acciones de prevención que disminuyan los factores de riesgo, a través de la generación de sistemas de movilidad con enfoque de sistemas seguros. Las leyes y reglamentos en la materia deberán contener criterios científicos y técnicos de protección y prevención, así como mecanismos apropiados para vigilar, regular y sancionar aquellos hechos que constituyan factores de riesgo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.