Artículo 14 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las leyes de transporte deben asegurar, como mínimo, cuatro cosas. Primero, que los camiones y taxis tengan diseños fáciles de usar para todos, incluyendo a personas con discapacidad, como rampas o señales claras. Segundo, que las calles y banquetas tengan banquetas con rampas, semáforos con sonido y señales que se puedan ver y tocar para que la gente se mueva sin peligro. Tercero, que todo esté pensado desde el inicio para que cualquier persona pueda usarlo, sin importar sus limitaciones. Y cuarto, que en zonas alejadas o islas, el transporte sea seguro, barato y accesible para todos.
Texto oficial
Artículo 14. Las leyes y reglamentos en la materia contendrán las previsiones necesarias para garantizar, al menos, lo siguiente: I. Que los servicios de transporte prevean vehículos y entornos con diseño universal, incluida la accesibilidad cognitiva y en su caso, con ayudas técnicas para la accesibilidad de personas con discapacidad y movilidad limitada, apoyos a la comunicación y a la información con las acciones afirmativas y los ajustes razonables que se requieran para ello; Fracción reformada DOF 29-12-2023 II. Que las vías y el espacio público se diseñen contemplando infraestructura que permita que las personas con discapacidad y movilidad limitada se desplacen de manera segura, tales como rutas accesibles, señales auditivas, visuales, táctiles, rampas, información en formatos accesibles, entre otras; Fracción reformada DOF 29-12-2023 III. Que se contribuya a la accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad limitada, aportando especificaciones de diseño universal que permitan construir un entorno incluyente, y IV. Que las modalidades de transporte en las zonas remotas y de difícil acceso, así como en los territorios insulares contemplen las rutas y los servicios más seguros, incluyentes, accesibles y asequibles para las personas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.