- Ley
- LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
- Artículo
- 17
Artículo 17 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno debe implementar reglas para que el transporte y las personas puedan adaptarse mejor al cambio climático. También obliga a las autoridades a tomar medidas para que los autos, camiones y otros medios de transporte dañen menos el ambiente y a la gente. Eso significa, por ejemplo, reducir el tráfico, que el aire esté más limpio y bajar los gases que calientan el planeta.
Texto oficial
Artículo 17. Las políticas en materia de movilidad deberán fomentar la resiliencia de las personas, de la sociedad y del sistema de movilidad, frente a los efectos negativos del cambio climático. Asimismo, las autoridades competentes aplicarán medidas para controlar y reducir los efectos negativos en la sociedad y en el medio ambiente, derivados de las actividades de transporte, en particular, la congestión vehicular, la contaminación del aire, la emisión de gases de efecto invernadero, entre otras.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.