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Artículo 57 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tanto el gobierno federal, el de los estados, los municipios y las alcaldías de la CDMX pueden usar dinero público y privado, tanto de México como del extranjero, para mejorar el transporte. Este dinero se puede usar para que sea más fácil y justo para todos usar el transporte, cambiar coches viejos por otros más limpios, prevenir accidentes viales y cuidar el medio ambiente. Todo esto debe hacerse siguiendo las leyes que ya existen y dentro de lo que cada nivel de gobierno tiene permitido hacer. Básicamente, la ley les da permiso de buscar financiamiento para que moverse sea más eficiente, seguro y ecológico.

Texto oficial

Artículo 57. Instrumentos económicos y financieros en materia de movilidad y seguridad vial. La Federación, entidades federativas y municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México de conformidad con lo establecido en las leyes en la materia y en el ámbito de sus facultades, podrán considerar la implementación de los instrumentos económicos y financieros, públicos y privados, de carácter nacional o internacional necesarios para mejorar la eficiencia y equidad en el acceso de los sistemas de movilidad, la renovación vehicular, la gestión de la seguridad vial y la sostenibilidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.