Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGMSV/59
Ley
LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 59 dice que el dinero del gobierno para mejorar la movilidad y la seguridad vial sale de los programas, acciones y proyectos de inversión que hacen las autoridades de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal). Esos instrumentos de financiamiento público son como las herramientas que usan para pagar cosas como carreteras más seguras, semáforos o campañas viales. En pocas palabras, se refiere a los recursos económicos que destinan las autoridades para que puedas moverte mejor y con menos riesgos en la calle.

Texto oficial

Artículo 59. Instrumentos de financiamiento. Serán instrumentos de financiamiento público los programas, acciones y proyectos de inversión relacionados con la movilidad y la seguridad vial que desarrollen las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno.

Ver texto oficial de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 59 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial, explicado | Precedente Legal