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Ley
LEY de la Guardia Nacional
Artículo
4

Artículo 4 de la LEY de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Guardia Nacional es un grupo de seguridad que cuida a la gente, formado por militares entrenados como policías. Es fija (siempre existe) y depende de una Secretaría del gobierno. Puede tener personal del Ejército, la Fuerza Aérea o civiles de confianza, según lo que necesite.

Texto oficial

Artículo 4. La Guardia Nacional es una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría. La Guardia Nacional podrá contar con el personal del Ejército, Fuerza Aérea y de confianza de carácter civil que sea necesario.

Ver texto oficial de la LEY de la Guardia Nacional (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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