- Ley
- LEY de la Guardia Nacional
- Artículo
- 66
Artículo 66 de la LEY de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la disciplina es la regla principal que deben seguir los miembros de la Guardia Nacional. Esa disciplina se basa en obedecer órdenes y tener un fuerte sentido del honor, la justicia y la moral. El objetivo de todo esto es que cumplan al pie de la letra con sus deberes, tanto los que vienen en las leyes militares como los que aplican para la seguridad pública. En pocas palabras, se espera que sean obedientes, rectos y responsables en su trabajo.
Texto oficial
Artículo 66. La disciplina es la norma a la que los integrantes de la Guardia Nacional deben ajustar su conducta; tiene como bases la obediencia y un alto concepto del honor, de la justicia y de la moral y, por objeto, el fiel y exacto cumplimiento de los deberes que prescriben las leyes y reglamentos militares y las disposiciones aplicables en materia de seguridad pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.