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Ley
LEY de la Guardia Nacional
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de la Guardia Nacional deben decirles a sus subordinados lo importante que es cumplir con las leyes, los reglamentos y las órdenes de los superiores. Su trabajo debe enfocarse en hacer su deber, sin importar sus intereses personales. Por eso, no deben dejar que se propaguen chismes, quejas o descontentos que afecten el cumplimiento de las obligaciones o bajen la moral del equipo.

Texto oficial

Artículo 67. El personal de la Guardia Nacional que tenga mando deberá comunicar a sus subordinados la importancia de cumplir con las leyes, reglamentos y órdenes emanadas de la superioridad. Su actuación se regirá inspirada en el cumplimiento del deber, por encima de otro interés o consideración personal; en consecuencia, no permitirá que se propalen murmuraciones, quejas o descontentos que impidan el cumplimiento de las obligaciones o que depriman el ánimo de sus subordinados.

Ver texto oficial de la LEY de la Guardia Nacional (pág. 21) ↗

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