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Artículo 82 de la LEY de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que el dinero, el personal y el equipo que necesita la Guardia Nacional para funcionar los pone el gobierno federal. Solo en casos especiales, cuando la Guardia Nacional ayude a un estado o municipio con labores de seguridad local, esos gobiernos locales pueden tener que cooperar con recursos si así lo acuerdan en un convenio con la Secretaría de Seguridad.

Texto oficial

Artículo 82. Los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para la operación de la Guardia Nacional estarán a cargo de la Federación. Excepcionalmente, los convenios de colaboración que se suscriban entre la Secretaría y las entidades federativas o municipios contendrán las aportaciones que, en su caso, deberán hacer éstos cuando la Guardia Nacional realice tareas de seguridad pública de competencia local. Capítulo II Disposiciones Complementarias

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.