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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGN/83
Ley
LEY de la Guardia Nacional
Artículo
83

Artículo 83 de la LEY de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Guardia Nacional puede pedir ayuda a otras instituciones de seguridad pública o a empresas de seguridad privada cuando lo necesite. Esto significa que si la situación lo requiere, pueden trabajar con policías locales o con vigilantes de empresas particulares. Todo debe hacerse siguiendo lo que dice la ley. Es como cuando pides apoyo a tus compañeros o a alguien de confianza para hacer un trabajo más pesado.

Texto oficial

Artículo 83. En los casos en que resulte necesario, la Guardia Nacional podrá auxiliarse de cualquier institución de seguridad pública o personas que presten servicios de seguridad privada en términos de la ley.

Ver texto oficial de la LEY de la Guardia Nacional (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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