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Ley
LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 27 ya no existe, porque fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que una ley o parte de ella se cancela oficialmente. En este caso, desde el 18 de julio de 2006 ya no tiene validez. Así que no tienes que preocuparte por él, porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 27.- Se deroga. Artículo derogado DOF 18-07-2006

Ver texto oficial de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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