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Ley
LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo
87-E

Artículo 87-E de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de préstamos o rentas que hagan las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, que son empresas que prestan dinero o alquilan bienes. Si en el contrato tú puedes disponer del dinero por partes o adelantar pagos antes de la fecha, entonces el estado de cuenta que saque el contador de la empresa sirve como prueba en un juicio para calcular cuánto debes. Ese documento se considera válido, a menos que tú demuestres que está mal. En pocas palabras, si te demandan, el papel que dice cuánto debes se toma como cierto hasta que pruebes lo contrario.

Texto oficial

Artículo 87-E.- En los contratos de arrendamiento financiero, factoraje financiero y crédito que celebren las sociedades financieras de objeto múltiple y en los que se pacte que el arrendatario, el factorado o el acreditado pueda disponer de la suma acreditada o del importe del préstamo en cantidades parciales o esté autorizado para efectuar reembolsos previos al vencimiento del término señalado en el contrato, el estado de cuenta certificado por el contador de la sociedad correspondiente hará fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo para la fijación del saldo resultante a cargo del deudor. Artículo adicionado DOF 18-07-2006

Ver texto oficial de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (pág. 70) ↗

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