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Artículo 141 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 141 de la Ley General de Población ya no existe. Fue eliminado (derogado) el 25 de mayo de 2011. Esto significa que esa regla ya no es válida y no tienes que preocuparte por cumplirla. Antes de esa fecha, el artículo había sido modificado en 1990 y cambiado de lugar en 1992, pero hoy es como si nunca hubiera estado en la ley.

Texto oficial

Artículo 141.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 17-07-1990. Recorrido (antes artículo 121) DOF 22-07-1992. Derogado DOF 25-05-2011 LEY GENERAL DE POBLACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 16 de 32

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.