Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/91%20Quater
Ley
LEY General de Población
Artículo
91 Quater

Artículo 91 Quater de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a crear un sistema único en internet para que puedas consultar y verificar tu CURP (la Clave Única de Registro de Población) donde se juntarán todos tus datos. El objetivo es que puedas tener un servicio oficial para identificarte como persona. La versión digital de tu CURP para identificarte estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. Además, tu CURP deberá usarse obligatoriamente para comprobar quién eres al hacer trámites en línea, como lo marquen las reglas. Todas las dependencias del gobierno y empresas privadas tendrán que pedir tu CURP para darte cualquier servicio o trámite.

Texto oficial

Artículo 91 Quater.- El Registro Nacional de Población contará con una Plataforma Única de Identidad, para la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población que permita la integración de los datos a que se refiere el artículo 91 Bis de la presente Ley, a fin de brindar el Servicio Nacional de Identificación Personal. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 91 Quinquies.- La versión digital de la Clave Única de Registro de Población como identificación estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 91 Sexies.- En los términos que fije el Reglamento de esta Ley, así como en otras disposiciones jurídicas aplicables, la Clave Única de Registro de Población deberá ser empleada en los procesos de validación y autenticación de la Identidad de las personas en medios digitales. Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 LEY GENERAL DE POBLACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 11 de 32

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 91 Quater de la LEY General de Población, explicado | Precedente Legal