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Ley
LEY General de Población
Artículo
91 Ter

Artículo 91 Ter de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Clave Única de Registro de Población (CURP) que tenga tus datos biométricos (como huellas dactilares o foto) se va a conectar con el Sistema Nacional de Salud. Eso significa que esa información se compartirá con el sistema de salud del país. Además, también podrá unirse a otros registros oficiales, siempre y cuando las leyes lo permitan. Esto ayuda a que tus datos estén más organizados y accesibles entre diferentes instituciones.

Texto oficial

Artículo 91 Ter.- La Clave Única de Registro de Población que cuente con los datos biométricos se vinculará con el Registro del Sistema Nacional de Salud, que prevé la Ley General de Salud. Asimismo, podrá integrarse a otros registros y sistemas nacionales, en términos de las leyes y normativa aplicable. Artículo adicionado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 10) ↗

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