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Artículo 92 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Gobernación es la que define las reglas y los métodos técnicos que se usan en el Registro Nacional de Población, o sea, en el sistema donde se guardan los datos de todos los mexicanos. También se encarga de organizar cómo las distintas oficinas del gobierno federal identifican y registran a las personas. En pocas palabras, esta dependencia es la que pone el orden para que los trámites de identidad y población funcionen parejos en todo el país.

Texto oficial

Artículo 92.- La Secretaría de Gobernación establecerá las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población. Asimismo, coordinará los métodos de identificación y registro de las dependencias de la administración pública federal. Artículo reformado DOF 31-12-1981, 22-07-1992

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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