Artículo 56 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la empresa o persona que recibió una concesión o permiso se saltó algún requisito importante de la Ley o su Reglamento, o lo hizo mal, eso puede causar que ese permiso o concesión se cancele. Lo mismo pasa si hay errores en la documentación o en el proceso que exigen las reglas. Es decir, si no cumpliste bien con todo lo que pide la ley desde el principio, te pueden anular el permiso. Esto lo decide el gobierno siguiendo lo que dice la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Texto oficial
ARTÍCULO 56.- Serán causas de nulidad de las concesiones y permisos, la omisión o irregularidad de los elementos exigidos en la presente Ley y su Reglamento de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.