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Artículo 25 de la LEY General de Protección Civil

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las autoridades que tienen la responsabilidad en estos temas van a hacer planes, estudios y gastos para mejorar y actualizar los equipos que miden desastres como huracanes, temblores o incendios, tanto los que son por naturaleza como los causados por personas. Todo esto lo hacen para anticiparse a los peligros que puedan lastimar a la gente o poner en riesgo su vida. Básicamente, quieren tener mejores alertas y más información para que puedas protegerte a ti y a tu familia antes de que ocurra un desastre.

Texto oficial

Artículo 25. Las autoridades correspondientes en su ámbito de competencia llevarán a cabo proyectos, estudios e inversiones necesarias para ampliar y modernizar la cobertura de los sistemas de medición de los distintos fenómenos perturbadores naturales y antropogénicos, encaminados a prevenir riesgos que pongan en peligro la vida y que puedan provocar daños a la población. Capítulo IV Del Consejo Nacional de Protección Civil

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.