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Artículo 111 de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Suprema Corte va a decidir un caso de una vez por todas, sin que nadie más pueda revisarlo después. "Plenitud de jurisdicción" significa que la Corte tiene toda la autoridad para resolver todos los aspectos del asunto. "Reenvío" es cuando un tribunal le pide a otro juez que vuelva a ver el caso; aquí la ley dice que eso no está permitido. Así que, en pocas palabras, lo que diga la Suprema Corte es definitivo y ya no hay más vueltas.

Texto oficial

Artículo 111. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá con plenitud de jurisdicción y, en ningún caso, procederá el reenvío.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.