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Artículo 128 de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una autoridad te impone una medida para obligarte a cumplir (como una multa o un arresto), tiene 15 días para aplicarla desde que te avisan por escrito. El plazo empieza a contar justo cuando recibes la notificación oficial. Después de esos 15 días, ya no podrían ponerte la medida.

Texto oficial

Artículo 128. Las medidas de apremio deberán aplicarse e implementarse en un plazo máximo de quince días, contados a partir de que sea notificada la misma a la persona infractora.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.