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Artículo 7 de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que, por lo general, nadie puede usar ni compartir tus datos personales más delicados, como tu salud, religión o preferencias sexuales. Solo pueden hacerlo si tú les das permiso de forma clara y por escrito, o si la ley lo permite en situaciones muy especiales, como las que menciona el artículo 16 de esta misma ley. En pocas palabras, tus datos sensibles están protegidos y no pueden andar usándolos a lo loco.

Texto oficial

Artículo 7. Por regla general no podrán tratarse datos personales sensibles, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de la persona titular o, en su defecto, se trate de los casos establecidos en el artículo 16 de esta Ley. LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 5 de 37 En el tratamiento de datos personales de menores de edad se deberá privilegiar el interés superior de la niña, el niño y el adolescente, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.