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Artículo 107 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si cometes una falta contra esta ley, el castigo que te toque se va a aplicar siguiendo lo que dice otra ley más general, que es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. O sea, esta ley no tiene sus propias sanciones, sino que te remite a esa otra para saber qué multa o penalización te ponen. Así que no te fijes solo en esta ley, sino que hay que checar también la otra para entender bien lo que te puede pasar.

Texto oficial

Artículo 107.- Para la imposición de sanciones por infracciones a esta Ley se estará a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.