Artículo 11 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad de México tiene el poder y la obligación de hacer todo lo que esta ley le asigna a los estados y a los municipios. Esto quiere decir que, como la CDMX no es un estado ni un municipio común, su gobierno central asume ambos roles. Así que es como si fuera el estado y el municipio al mismo tiempo para los fines de esta ley.
Texto oficial
Artículo 11.- Corresponde al Gobierno de la Ciudad de México, ejercer las facultades y obligaciones que este ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios. Artículo reformado DOF 19-01-2018
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.