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Artículo 91 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las empresas que traigan residuos peligrosos de otro país o los envíen fuera de México son las únicas responsables si algo sale mal durante su transporte, desde que salen del lugar donde se generan hasta que llegan a su destino final. Esto significa que, si por accidente o descuido esos residuos causan daños a tu salud, al medio ambiente o a propiedades, la empresa tiene que pagar por los perjuicios. Además, esto no las salva de recibir multas o castigos legales que ya estén previstos en otras leyes. En pocas palabras, si son descuidadas con la basura peligrosa, les toca responder por todo.

Texto oficial

Artículo 91.- Las empresas que importen o exporten residuos peligrosos serán responsables de los daños que ocasionen a la salud, al ambiente o a los bienes como consecuencia del movimiento de los mismos entre la fuente generadora y el destinatario final, independientemente de las sanciones y penas a que haya lugar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.