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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGPGIR/90
Ley
LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
90

Artículo 90 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con las reglas sobre basura peligrosa, la Secretaría (la dependencia del gobierno que se encarga de estos temas) puede negarte o quitarte los permisos para importar, exportar, transportar o pasar ese tipo de residuos por México. Esto aplica aunque ya te hayan autorizado antes. En pocas palabras, si no haces las cosas bien, te pueden cancelar el permiso.

Texto oficial

Artículo 90.- Por el incumplimiento de las disposiciones legales aplicables, la Secretaría podrá negar o revocar las autorizaciones para la importación o exportación de residuos peligrosos, así como para su tránsito y transporte por el territorio nacional. LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-01-2026 34 de 61

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 33) ↗

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