Artículo 36 de la LEY General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se haga un dictamen médico o psicológico (un documento donde un doctor o psicólogo evalúa tus lesiones o daños emocionales), se tienen que seguir las reglas de esta ley y del Protocolo de Estambul (un manual internacional para investigar tortura y malos tratos). También deben cumplir con los mejores estándares del mundo en esta área. Además, como víctima, tú puedes elegir al médico o psicólogo que te examine, siempre que esté especializado. Esto asegura que la evaluación sea justa y confiable.
Texto oficial
Artículo 36.- En la realización de cualquier dictamen médico-psicológico, se deberán observar las directrices señaladas en esta Ley y en el Protocolo de Estambul; así como el cumplimiento de los más altos estándares internacionales de la materia. Las Víctimas tendrán derecho a ser examinadas por médicos especializados y/o psicólogos de su elección.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.