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Artículo 29 de la LEY General de Partidos Políticos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los partidos políticos tienen la obligación de cuidar tus datos personales si eres militante. Eso significa que deben tener reglas claras sobre cómo protegen tu información. Además, tú tienes derecho a que te digan qué datos tuyos tienen, a pedir que los corrijan si están mal, a que los borren o a oponerte a que los usen. Todo esto lo deben establecer en sus estatutos, que son como su reglamento interno.

Texto oficial

Artículo 29. 1. Los partidos políticos deberán contemplar en sus estatutos la forma de garantizar la protección de los datos personales de sus militantes, así como los derechos al acceso, rectificación, cancelación y oposición de éstos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.