LEY General de Partidos Políticos
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria en todo el país. Su objetivo es establecer las reglas para los partidos políticos, tanto los nacionales como los locales, y decirle a cada nivel de gobierno qué le toca hacer. Regula cosas como: cómo se crean los partidos y cuándo pueden registrarse, los derechos y obligaciones de sus miembros, y cómo deben organizarse para tomar decisiones democráticas. También cubre cómo pueden unirse en coaliciones para las elecciones, cómo se fiscaliza su dinero, y qué pasa si un partido pierde su registro o debe liquidarse.
- Art. 2Este artículo dice que, como mexicana o mexicano, tienes tres derechos importantes en relación con los partidos políticos: primero, puedes juntarte con otras personas de manera pacífica para participar en política. Segundo, puedes hacerte miembro de un partido político por tu propia voluntad y de manera individual. Tercero, tienes derecho a votar y a ser candidato o candidata para puestos de elección popular, pero solo si cumples con los requisitos que marca la ley y las reglas internas de cada partido.
- Art. 3Los partidos políticos son organizaciones que tienen permiso oficial del INE o de los institutos electorales locales para funcionar. Su objetivo es que la gente participe en la democracia, ayudar a elegir a los representantes del gobierno y hacer posible que los ciudadanos puedan llegar al poder. Solo los ciudadanos mexicanos pueden formar parte de un partido o afiliarse a él, y está prohibido que organizaciones como sindicatos, asociaciones civiles o empresas extranjeras intervengan en eso. Además, los partidos deben promover valores cívicos, tratar igual a niñas, niños y adolescentes, y asegurar que haya la misma cantidad de hombres y mujeres en sus candidaturas y puestos internos. Si no cumplen con esta regla de igualdad de género, pueden recibir castigos según lo que digan las leyes.
- Art. 4Este artículo solo define palabras clave que se usan en esta ley. Por ejemplo, "afiliado" es cualquier persona que se registre por su propia voluntad a un partido político. También aclara que "Constitución" se refiere a la de México y "Ley" a la Ley General de Partidos Políticos. "Instituto" es el INE, que organiza las elecciones, y "Tribunal" es el que resuelve problemas electorales. Las demás definiciones son para autoridades locales, organismos electorales de los estados y la Unidad de Fiscalización del INE.
- Art. 5Este artículo dice quiénes son los encargados de aplicar la ley de partidos políticos. El Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral, los organismos electorales de cada estado y los jueces locales son los que la ponen en práctica. Cuando haya conflictos dentro de un partido político (como pleitos entre sus miembros), para resolverlos deben considerar que los partidos son organizaciones de ciudadanos que buscan el bien público, y respetar su libertad para tomar decisiones internas, organizarse como quieran y proteger los derechos de sus afiliados. Básicamente, los partidos tienen derecho a manejar sus asuntos internos sin que el gobierno se meta, pero siempre siguiendo la ley.
- Art. 6Si la Ley de Partidos Políticos no dice algo sobre un tema, entonces se aplica lo que diga la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Es como si esta última ley fuera el "plan B" para llenar cualquier vacío. En otras palabras, siempre que haya una duda o algo no esté especificado, se usa la ley electoral general como referencia.
- Art. 7El Instituto (el INE) se encarga de llevar el registro de todos los partidos políticos, tanto los nacionales como los locales. También es el que decide qué partidos y candidatos a puestos federales (como diputados, senadores o presidente) tienen derecho a recibir dinero del gobierno y otros beneficios. Si un partido lo pide, el INE organiza las elecciones internas para elegir a sus dirigentes, pero el partido debe pagar por eso con su propio presupuesto. Además, el INE revisa y controla todo el dinero que los partidos, sus alianzas y los candidatos reciben y gastan. Por último, el INE tiene todas las demás funciones que le da la Constitución y esta ley.
- Art. 8El Instituto (que es como la autoridad electoral nacional) debe tener todo lo necesario (dinero, personal, equipo) para poder revisar el dinero de los partidos políticos. Solo en casos muy especiales, y si al menos 8 de los 11 consejeros están de acuerdo, puede pedirle a los organismos electorales de los estados que hagan esa revisión en su lugar. Para delegar esa tarea, el Instituto tiene que asegurarse de que el organismo local cumpla con ciertos requisitos, como tener el personal capacitado y la infraestructura adecuada. Además, si el Instituto lo decide con los mismos 8 votos, puede volver a tomar el control de la revisión en cualquier momento. Los organismos locales, al hacer ese trabajo, deben seguir todas las reglas que marque el Instituto.
- Art. 9Los organismos electorales de cada estado (los que organizan las elecciones locales) son los encargados de reconocer los derechos de los partidos políticos y candidatos, y de registrar a los partidos locales. También deben verificar que el Congreso local (la Legislatura) se forme con diputados electos de dos maneras: los que ganan su distrito directamente (mayoría relativa) y los que entran por su porcentaje de votos (representación proporcional). Aquí hay un límite importante: ningún partido puede tener más diputados que el 8% adicional a su porcentaje de votos totales, a menos que haya ganado tantos distritos que ese límite no se aplique. Además, el artículo menciona que esta parte fue cambiada en 2023, pero después la Suprema Corte la dejó sin efecto y volvió a estar como antes.
- Art. 10Si un grupo de ciudadanos quiere formar un partido político a nivel nacional o local, primero debe registrarse oficialmente ante el Instituto Nacional Electoral (INE) o ante el organismo electoral de su estado. Para que les den el registro, el grupo debe cumplir tres requisitos principales: - Tener una declaración de principios, un programa de acción y unos estatutos (las reglas internas del partido), todo bien definido y que cumpla con lo que marca la ley. - Si es un partido nacional, necesitan al menos 3,000 miembros con credencial para votar en por lo menos 20 estados del país, o 300 miembros en al menos 200 distritos electorales. Además, el total de sus miembros en todo México no puede ser menor al 0.26% del padrón electoral de la elección federal anterior. - Si es un partido local (de un solo estado), deben tener miembros con credencial para votar en al menos dos terceras partes de los municipios de esa entidad, y el total de sus miembros no puede ser menor al 0.26% del padrón electoral de la elección local anterior.
- Art. 11Si un grupo de ciudadanos quiere formar un partido político, debe avisar al Instituto Nacional Electoral (INE) o al organismo local de tu estado, dependiendo si será un partido nacional o local. Ese aviso solo se puede dar en enero del año siguiente a la elección de presidente (para partido nacional) o de gobernador (para partido local). Desde que avisan hasta que les den o nieguen el registro, tienen que reportar al INE cada mes, antes del día 10, de dónde sacaron dinero y en qué lo gastaron.
- Art. 12Para crear un partido político a nivel nacional, necesitan hacer asambleas en al menos 20 estados del país o en 200 distritos electorales. En esas asambleas, debe estar presente un funcionario del INE, quien va a verificar que al menos 3,000 personas asistieron en cada estado, o 300 en cada distrito, y que todas firmaron su afiliación voluntariamente, aprobaron los principios y estatutos del partido, y eligieron a sus representantes para la asamblea nacional. El funcionario también checa que no haya intervención de sindicatos u otras organizaciones que no tengan como único objetivo formar el partido. Después, se hace una asamblea nacional con los representantes elegidos, donde el funcionario del INE revisa que todo esté en orden, que los delegados tengan credencial de votar vigente, y que se cumpla con el mínimo de afiliados requerido por la ley.
- Art. 13Si un grupo de personas quiere formar un partido político en tu estado, primero tiene que hacer juntas en al menos dos de cada tres partes de los distritos o municipios de esa entidad. En esas juntas debe estar presente un funcionario electoral, quien va a verificar y comprobar que: 1. Asistieron por lo menos el 0.26 por ciento de los votantes de la lista electoral de ese distrito o municipio. 2. Todos los asistentes firmaron su afiliación de forma voluntaria, aprobaron los principios, el programa y las reglas del partido, y eligieron a los representantes que irán a la asamblea estatal del partido. 3. Se hizo una lista completa de todos los afiliados, con sus datos personales y número de credencial para votar. 4. En esas juntas no participaron sindicatos ni organizaciones que no tengan como único objetivo crear un partido. Después, los representantes elegidos deben realizar una asamblea estatal, también con un funcionario electoral presente, quien va a certificar que: - Asistieron los delegados correctos de cada distrito o municipio. - Las juntas anteriores se hicieron según las reglas. - Los delegados comprobaron su identidad y aprobaron los principios, el programa y los estatutos del partido. - Se presentó la lista final de todos los afiliados en todo el estado.
- Art. 14El costo de sacar las certificaciones que te piden lo paga el Instituto o la autoridad local correspondiente, no tú. Los funcionarios que pueden entregar esas certificaciones tienen la obligación de hacer los trámites necesarios. Si la organización que quiere registrarse no entrega su solicitud a tiempo, la notificación que recibió ya no sirve para nada.
- Art. 15Si un grupo de ciudadanos quiere formar un partido político, debe entregar su solicitud de registro en enero del año anterior a las elecciones. Tienen que presentar documentos como sus principios, programa de acción y estatutos aprobados por sus miembros. También necesitan listas de afiliados por estado o distrito electoral, en formato digital. Además, deben incluir las actas de las asambleas que hicieron en los estados y la asamblea nacional o local donde fundaron el partido. El trámite se hace ante el INE o el organismo electoral de tu estado.
- Art. 16Cuando alguien quiere formar un partido político nuevo a nivel nacional, el Instituto (INE) revisa que cumplan con todos los requisitos y pasos que marca la ley. Para eso, el INE checa si las personas que dicen ser miembros del nuevo partido realmente lo son y si están registradas en la lista de votantes. Puede revisar una por una o elegir algunas al azar para verificar. Además, se asegura de que esas personas no hayan estado registradas en el partido por más de un año y que haya al menos la cantidad mínima de miembros que se necesita.
- Art. 17El organismo electoral de tu estado revisará los documentos de los ciudadanos que quieran crear un nuevo partido político local, para asegurarse de que cumplen con todos los requisitos y pasos que marca la ley, y luego elaborará un proyecto de opinión. Después, ese organismo le avisará al INE para que verifique que el partido nuevo tenga el número mínimo de integrantes y que sus afiliaciones sean auténticas, comprobando también que esas personas lleven máximo un año como miembros del partido. El INE mantendrá un registro de todos los partidos locales con datos como su nombre, colores, fecha de creación, documentos clave, quiénes los dirigen, su dirección oficial y la lista completa de sus afiliados.
- Art. 18Cuando una persona se afilia a un partido político, las autoridades checan que no esté registrada al mismo tiempo en otro partido. Si resulta que alguien aparece en las listas de dos partidos, el INE o el organismo local le avisa a los partidos para que den su postura. Si la doble afiliación sigue sin resolverse, el INE le pide a la persona que explique su situación. Si la persona no responde, se queda válida la afiliación más reciente en lugar de la anterior.
- Art. 19Cuando alguien pide registrar un partido político, el Instituto Nacional Electoral (INE) o la autoridad local correspondiente tiene que revisar la solicitud y dar una respuesta en un plazo de 60 días desde que se enteró de que la pidieron. Si todo está bien, te entregan un certificado oficial que confirma el registro, y el partido queda legalmente constituido a partir del 1 de julio del año anterior a la elección. Si te lo niegan, están obligados a explicarte por escrito las razones de la negativa. La respuesta se publica en el Diario Oficial de la Federación o en la gaceta del estado, y si no estás de acuerdo, puedes impugnar la decisión ante un tribunal electoral.
- Art. 20Las agrupaciones políticas nacionales son grupos de ciudadanos que se juntan para ayudar a que la democracia funcione mejor y la gente esté más informada sobre política. No son partidos políticos, solo organizaciones que participan en la vida pública. Por eso, tienen prohibido llamarse a sí mismas "partido" o "partido político", para que no se confundan con los partidos de verdad. Su labor es apoyar, no competir en elecciones como los partidos.
- Art. 21Las agrupaciones políticas (como asociaciones ciudadanas) solo pueden meterse en elecciones federales si hacen un trato con un partido político o una coalición. Los candidatos que salgan de ese acuerdo deben ser registrados por el partido y aparecerán en las boletas con el nombre y colores de ese partido. En su propaganda, sí pueden mencionar a la agrupación que participa. Estas agrupaciones también tienen que cumplir con las reglas de fiscalización (revisión de sus gastos y dinero) que marca la ley.
- Art. 22Para que un grupo de personas pueda registrarse como agrupación política a nivel nacional, tiene que cumplir con estos requisitos frente al INE: tener al menos 5,000 miembros en todo el país, contar con un grupo dirigente que funcione a nivel nacional y tener representación en por lo menos 7 estados de la República. También deben presentar sus documentos básicos (como sus estatutos o reglas) y un nombre que no sea igual al de otro partido o agrupación. Los interesados deben entregar su solicitud y todos los papeles que comprueben lo anterior durante el mes de enero del año previo a las elecciones. El Consejo General del INE tiene un máximo de 60 días naturales para responder si aprueba o no el registro. Si lo aprueba, entrega un certificado; si lo niega, tiene que explicar por escrito las razones. Una vez que se aprueba, el registro comienza a valer a partir del 1 de junio del año anterior a la elección. Las agrupaciones registradas tienen los mismos beneficios fiscales que los partidos políticos, pero también están obligadas a presentar cada año, a más tardar 90 días después de diciembre, un informe detallado de dónde obtuvieron dinero y en qué lo gastaron. Finalmente, una agrupación puede perder su registro si sus propios miembros deciden disolverla, si ya no cumple con los requisitos con los que se registró, si no presenta su informe anual de gastos, si no demuestra que hizo actividades durante un año completo, o si incumple de forma grave lo que marca esta ley.
- Art. 23Los partidos políticos tienen cuatro derechos principales. Primero, pueden participar en todo el proceso electoral, desde la preparación hasta la vigilancia de las elecciones. Segundo, tienen derecho a competir en las elecciones siguiendo las reglas de la Constitución y las leyes electorales. Tercero, pueden organizarse internamente como ellos decidan, sin que el gobierno se meta en sus asuntos. Cuarto, tienen derecho a recibir dinero del gobierno (financiamiento público) para sus actividades, según lo que marca la ley.
- Art. 24Este artículo dice que hay personas que no pueden ser representantes de un partido político ante el INE u otros órganos del Instituto. Por ejemplo, no pueden serlo los jueces, magistrados o ministros del Poder Judicial Federal, tampoco los jueces o magistrados de un estado de la República. También aplica para los magistrados o secretarios del Tribunal Electoral, los militares o policías que estén en servicio activo, y los agentes del Ministerio Público (federal o local). La idea es que estas personas, por su trabajo, deben mantenerse imparciales y no estar directamente metidas en política partidista.
- Art. 25Los partidos políticos tienen la obligación de hacer todo dentro de la ley, respetando a los demás partidos y los derechos de todos los ciudadanos. No pueden usar la violencia ni hacer nada que altere el orden público o impida que el gobierno funcione normalmente. También deben tener un número mínimo de miembros, cumplir sus propias reglas para elegir candidatos y mantener activos sus órganos internos, como su domicilio y sus estatutos. Además, les está prohibido recibir dinero o apoyo de extranjeros, iglesias o ministros de culto religioso. Por último, deben publicar su plataforma electoral en radio y televisión, y permitir que el Instituto Nacional Electoral les haga auditorías para revisar sus ingresos y gastos.
- Art. 26Los partidos políticos tienen derecho a usar la radio y la televisión para difundir sus ideas, pero siguiendo las reglas que marca la Constitución y la ley electoral. También pueden recibir dinero del gobierno para sus actividades, de acuerdo a lo que establece esta ley. Además, tienen beneficios fiscales especiales, como pagar menos impuestos, según lo que dicen las leyes de la materia. Por último, pueden usar el servicio de correos y telégrafos sin pagar, siempre que sea necesario para hacer su trabajo, aunque esta parte estuvo cambiando por decisiones de la Suprema Corte.
- Art. 27Este artículo dice que los partidos políticos están obligados a cumplir con las reglas que vienen en este capítulo. Sin embargo, también deben respetar lo que marca la ley de transparencia, que es la que obliga a que la información pública sea accesible para todos. En pocas palabras, los partidos no pueden ignorar estas reglas ni las de transparencia. Tienen que seguir ambas al pie de la letra.
- Art. 28Tú tienes derecho a pedir y obtener información de cualquier partido político, siguiendo las reglas que marca la ley de transparencia. El organismo que vigila esto (como el INAI a nivel federal) puede revisar cualquier asunto relacionado con la información pública de los partidos y también con la protección de tus datos personales que ellos tengan. Si la información que pides ya está disponible en internet (por ejemplo, en la página del INE, de un organismo local o del propio partido), ellos deben decirte exactamente dónde y cómo puedes consultarla. Si no está en línea, puedes solicitarla por escrito o por medios electrónicos. Los partidos están obligados a publicar en su sitio web, como mínimo, toda la información que la ley de transparencia les exige, y casi todo lo que le dan al INE o a los organismos locales debe ser público, excepto algunos casos muy específicos que la ley permite reservar.
- Art. 29Los partidos políticos tienen la obligación de cuidar tus datos personales si eres militante. Eso significa que deben tener reglas claras sobre cómo protegen tu información. Además, tú tienes derecho a que te digan qué datos tuyos tienen, a pedir que los corrijan si están mal, a que los borren o a oponerte a que los usen. Todo esto lo deben establecer en sus estatutos, que son como su reglamento interno.
- Art. 30Este artículo dice que los partidos políticos deben hacer pública toda su información importante. Por ejemplo, tienen que mostrar sus documentos básicos, las reglas internas, los sueldos de sus dirigentes y empleados, y el padrón de sus miembros (solo con datos básicos como nombre y estado donde viven). También deben publicar sus contratos, las plataformas electorales, los informes financieros y cuánto dinero público recibieron. En pocas palabras, los partidos no pueden ocultar cómo funcionan, quiénes los dirigen, cuánto ganan y en qué gastan.
- Art. 31Este artículo dice que los partidos políticos pueden mantener en secreto cierta información, como sus discusiones internas, sus planes políticos, las encuestas que ellos mismos encargan, y datos privados o personales de sus miembros, candidatos y dirigentes. Sin embargo, no pueden esconder cómo usan el dinero público, especialmente en campañas y precampañas, ni los gastos generales que hagan con ese presupuesto. Tampoco pueden ocultar las donaciones o aportes en dinero o en especie que reciban de personas o empresas, sin importar en qué se gaste.
- Art. 32Los partidos políticos tienen que tener siempre información actualizada en sus páginas de internet sobre lo que dice este capítulo de la ley. Esto aplica sin importar las reglas, plazos o formatos que la misma ley o las autoridades pidan para la transparencia. En otras palabras, no pueden dejar la información vieja o desactualizada en sus sitios web.
- Art. 33Si no cumples con lo que dice este capítulo, te van a castigar conforme a lo que marca la ley correspondiente. Además, los partidos políticos también pueden recibir sanciones según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. En pocas palabras, tanto tú como el partido se pueden meter en problemas si no respetan estas reglas.
- Art. 34Este artículo habla de los asuntos internos de los partidos políticos, que son las cosas que pueden decidir y hacer por su cuenta sin que el gobierno se meta. Por ejemplo, pueden elegir a sus líderes, a sus candidatos para las elecciones, cambiar sus reglas internas y decidir quién puede afiliarse al partido. También pueden ponerse de acuerdo sobre sus estrategias políticas a través de sus propias pláticas y votaciones. Lo importante es que todo esto lo deben hacer siguiendo lo que dice la Constitución, la ley y sus propios estatutos. Una regla clave es que no pueden cambiar sus documentos principales una vez que ya empezó el proceso electoral.
- Art. 35Cada partido político debe tener tres documentos oficiales principales. La declaración de principios explica los ideales y creencias del partido. El programa de acción detalla lo que quieren hacer y cómo van a lograr sus metas. Los estatutos son las reglas internas que definen cómo funciona el partido, quiénes pueden ser miembros y cómo se toman las decisiones.
- Art. 36Cuando los partidos políticos crean sus reglamentos internos, deben informarle al Instituto Nacional Electoral (INE) en un plazo máximo de 10 días después de aprobarlos. El INE revisará que esos reglamentos sigan las leyes y los estatutos del partido, y los registrará en un libro especial para tenerlos controlados.
- Art. 37Cuando un partido político registra su declaración de principios, debe incluir cosas como: que va a cumplir la Constitución y las leyes de México, y que promoverá la igualdad entre hombres y mujeres. También tiene que dejar claro que no aceptará dinero ni apoyo de gobiernos extranjeros, partidos de otros países, iglesias o ministros religiosos. Además, debe comprometerse a actuar de manera pacífica y democrática, y a respetar los derechos políticos de las mujeres, incluyendo castigar cualquier caso de violencia política por razones de género.
- Art. 38El programa de acción de un partido político tiene que incluir medidas para cumplir con sus metas, proponer ideas de gobierno y capacitar a sus miembros en temas políticos y de ideología. También debe promover que las mujeres participen en política, que tengan acceso a actividades del partido y que se formen como líderes. Además, tiene que preparar a los militantes para que tomen parte activa en las elecciones.
- Art. 39Claro, aquí está la explicación sencilla de ese artículo de la ley. Este artículo dice que todos los partidos políticos deben tener un documento llamado "estatutos", que son como su reglamento interno. En esos estatutos, el partido tiene que incluir varias cosas, como su nombre, su logotipo y los colores que lo identifican y lo hacen diferente de otros partidos, pero sin usar imágenes o palabras que se refieran a religiones o razas. También deben explicar cómo una persona puede hacerse miembro del partido de forma voluntaria, cuáles son sus derechos y obligaciones, y cómo se organiza el partido por dentro, como quiénes toman las decisiones y cómo se eligen a los líderes. Además, el partido tiene que establecer reglas para que las mujeres puedan participar como líderes, para prevenir y castigar la violencia política contra las mujeres, y para elegir a sus candidatos en las elecciones de manera democrática. Por último, debe decir cómo van a financiarse con dinero privado y cómo resolverán los problemas o conflictos entre sus miembros.
- Art. 40Los partidos políticos pueden definir distintos tipos de miembros según qué tan activos sean y qué responsabilidades tengan. Pero sea cual sea su categoría, todos los miembros tienen derechos mínimos, como: participar en las asambleas donde se eligen dirigentes o candidatos, ya sea en persona o mandando a alguien más. También pueden pedir que los tomen en cuenta como candidatos a puestos de elección popular o para ser dirigentes del partido, siempre que cumplan los requisitos que el partido pida. Además, tienen derecho a pedir información al partido y a exigir que sus líderes rindan cuentas, incluso si no están directamente involucrados en el asunto. Por último, pueden recibir capacitación, quejarse si sienten que sus derechos son violados, impugnar decisiones que los afecten y hasta renunciar o confirmar que quieren seguir siendo miembros.
- Art. 41Cada partido político debe tener reglas escritas (estatutos) que digan qué obligaciones tienen sus miembros. Como mínimo, los miembros deben: respetar las reglas del partido y sus principios; ayudar con los gastos del partido pagando cuotas según lo que marquen sus reglas internas; cuidar que haya democracia dentro del partido y que se cumplan sus normas; cumplir las leyes electorales y las decisiones que tomen los órganos del partido; asistir a juntas y asambleas cuando les toque; y también deben capacitarse en los cursos que el partido ofrezca.
- Art. 42El Instituto Nacional Electoral (INE) se va a encargar de checar que nadie esté afiliado a más de un partido político al mismo tiempo. Para eso, va a crear formas en las que se pueda consultar las listas de afiliados de todos los partidos. Si resulta que una persona aparece en las listas de dos o más partidos, se va a aplicar lo que dice otro artículo de esta misma ley.
- Art. 43Este artículo dice que los partidos políticos en México deben tener ciertos grupos o equipos internos para funcionar bien. Por ejemplo, deben tener una asamblea con representantes de todo el país o del estado, que sea la máxima autoridad para tomar decisiones. También necesitan un comité que los represente y maneje las acciones del partido, un equipo para administrar el dinero y reportar gastos, y otro para organizar elecciones internas y elegir candidatos. Además, debe haber un grupo imparcial para resolver pleitos dentro del partido, otro para dar información al público, y uno más para enseñar y capacitar a los miembros. Por último, en todos estos equipos se debe cumplir con la regla de que hombres y mujeres tengan la misma cantidad de puestos.
- Art. 44Este artículo explica cómo los partidos políticos deben elegir a sus dirigentes y candidatos para puestos de elección popular. Todo el proceso lo organiza un órgano especial del partido llamado "comisión de elecciones" o similar. El partido debe publicar una convocatoria clara que incluya: los puestos a elegir, los requisitos para ser candidato, las fechas de registro, los gastos máximos permitidos y si los militantes votarán de forma libre y secreta. Además, esa comisión debe registrar a los candidatos y asegurarse de que todo sea justo, igualitario, transparente y legal para todos.
- Art. 45Los partidos políticos pueden pedirle al Instituto Nacional Electoral (INE) que les ayude a organizar sus elecciones internas (como elegir a sus dirigentes), siempre y cuando lo cubran con su presupuesto. Para que esto funcione, el partido debe avisar al INE con al menos cuatro meses de anticipación, y solo puede pedir ayuda cuando no haya elecciones federales o locales en curso. Si hay retrasos por pleitos en los tribunales, el partido puede pedir apoyo del INE aunque ya se haya pasado el plazo. El INE y el partido acuerdan cómo se hará la elección, y el costo se descuenta del dinero público que recibe el partido. El INE solo puede negarse a ayudar si no tiene los recursos para hacerlo.
- Art. 46Cada partido político debe tener su propio sistema para resolver conflictos internos, como problemas entre miembros o decisiones que no gusten. Ese sistema debe incluir formas de arreglar las cosas sin necesidad de un juicio, como pláticas o acuerdos. El comité encargado de impartir justicia dentro del partido debe tener un número impar de miembros, y se forma antes de empezar a revisar cualquier caso. Este grupo debe actuar con imparcialidad y siguiendo la ley, tomando en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres (perspectiva de género) y respetando los tiempos que marca el reglamento del partido. Además, los estatutos del partido deben describir exactamente en qué situaciones se pueden usar esas soluciones alternativas, como la mediación. También deben decir que es voluntario participar en ellas, cuánto tiempo duran y cómo se lleva a cabo el proceso.
- Art. 47Cuando un grupo de personas en un partido político (llamado "órgano colegiado") tiene que tomar una decisión, se hace por votación y gana la opción que tenga más votos, o sea, la mayoría. Si hay problemas o pleitos dentro del partido, primero se tienen que resolver usando las reglas internas del propio partido y deben hacerlo rápido para que no se violen los derechos de los afiliados. Solo después de haber intentado todo dentro del partido, los miembros pueden ir a quejarse al Tribunal Electoral. Al resolver estos conflictos, los encargados deben cuidar tanto los derechos de los ciudadanos como la libertad del partido para organizarse como mejor le parezca.
- Art. 48Los partidos políticos deben tener un sistema para resolver problemas entre sus miembros, que cumpla con estas reglas: 1. Solo debe haber una sola instancia (un solo nivel) para resolver los conflictos, para que las decisiones sean rápidas y tomando en cuenta la igualdad de género. 2. Deben fijar fechas límite claras para presentar quejas y resolverlas. 3. Tienen que seguir todos los pasos importantes del proceso (como escuchar a las dos partes). 4. Las soluciones deben ser efectivas para devolverle a los afiliados sus derechos políticos si fueron afectados.
- Art. 49El Instituto Nacional Electoral (INE) es el encargado de repartir los tiempos que el gobierno usa en radio y tele para hablar de elecciones. Esto lo hace siguiendo las reglas que ya están escritas en otra ley electoral. En pocas palabras, el INE administra los espacios oficiales para que los partidos políticos puedan promover sus campañas.
- Art. 50Los partidos políticos tienen derecho a recibir dinero del gobierno para funcionar. Este dinero se reparte de forma justa, como lo marca la Constitución y las leyes de cada estado. El financiamiento público debe ser la fuente principal de sus ingresos, más importante que los donativos privados. Ese dinero solo se puede usar para sus gastos diarios, campañas electorales y actividades que beneficien a la ciudadanía.
- Art. 51Los partidos políticos reciben dinero del gobierno para sus gastos diarios, como renta, sueldos y salarios. Ese dinero se calcula así: se multiplica el número de personas que pueden votar (el padrón electoral) por el 65% del salario mínimo vigente. El total se reparte entre los partidos según las reglas de la Constitución. Cada partido debe usar al menos el 2% de ese dinero en actividades específicas, como capacitación de sus miembros, y el 3% para promover a las mujeres como líderes políticas. En años de elecciones, también reciben un extra para campañas: la mitad de lo que ya les tocó para gastos ordinarios.
- Art. 52Para que un partido político nacional pueda recibir dinero del gobierno de tu estado, necesita haber sacado al menos el 3% de los votos válidos en la elección local anterior. La votación válida son los votos que sí cuentan, sin incluir los anulados o en blanco. Cada estado tiene su propia ley para definir cómo y cuánto dinero le dará al partido que cumpla con ese requisito. En resumen, si el partido no alcanzó ese 3% en tu estado, no recibirá recursos públicos locales.
- Art. 53Además del dinero que el gobierno les da, los partidos políticos también pueden juntar lana de otras fuentes. Una es con las cuotas que pagan sus miembros o militantes. Otra es con donaciones de personas que simpatizan con ellos, sin necesidad de ser afiliados. También pueden usar su propio dinero o generar ingresos con inversiones, fondos o fideicomisos. Eso sí, todo esto debe hacerse dentro de las reglas que marca la ley.
- Art. 54El artículo 54 dice que hay personas y organizaciones que no pueden dar dinero o cosas (como regalos) a los políticos o a quienes quieren serlo, ya sea directa o indirectamente. Por ejemplo, el gobierno (federal, estatal o municipal) no puede hacerlo, a menos que sea el dinero público que la ley ya les da a los partidos. Tampoco pueden hacerlo los partidos extranjeros, empresas o personas que viven en el extranjero, ni ninguna empresa o grupo (como compañías o asociaciones). Además, los partidos políticos tienen prohibido pedir préstamos a bancos del gobierno para sus gastos.
- Art. 55Esto quiere decir que los partidos políticos no pueden aceptar dinero de personas que no sepan quiénes son. Si tú, como simpatizante, quieres donar dinero a un partido, puedes restar esa cantidad de tus impuestos anuales, pero solo hasta el 25% de lo que donaste. O sea, si donas $1,000 pesos, puedes descontar hasta $250 pesos de tu declaración del Impuesto sobre la Renta. Es una forma de apoyar a un partido y que te beneficie en tus impuestos.
- Art. 56El Artículo 56 habla de cómo los partidos políticos pueden recibir dinero que no viene del gobierno. Básicamente, el dinero privado puede venir de tres formas: las cuotas que pagan los miembros del partido, las aportaciones que hacen los candidatos para sus propias campañas, y las donaciones voluntarias de ciudadanos simpatizantes. Todo esto tiene límites: lo que dan los militantes no puede pasar del 2% del dinero público que reciben los partidos en ese año, y las aportaciones de simpatizantes no pueden exceder el 0.5% del gasto máximo permitido en la última elección presidencial. Además, los partidos tienen que dar un recibo con los datos completos de quien dona, y si es en especie (como muebles o servicios), deben firmar un contrato con el valor exacto de lo aportado.
- Art. 57Los partidos políticos pueden abrir cuentas de banco o invertir su dinero en bancos de México para ganar intereses. Deben avisarle al INE dentro de los 5 días después de firmar el contrato, y entregar una copia del mismo. Ese dinero solo se puede invertir en instrumentos del gobierno mexicano, en pesos y a un plazo máximo de un año. El INE puede pedir en cualquier momento toda la información sobre esas cuentas, sin que el banco pueda ponerle peros. Y las ganancias que saquen solo se pueden usar para los fines del partido, no para otra cosa.
- Art. 58Si el Instituto Nacional Electoral (INE) sospecha que un partido político recibió dinero ilegal, puede pedirle a la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda que le entregue los reportes de las operaciones bancarias de ese partido. También, cuando el área que fiscaliza a los partidos lo solicite, Hacienda debe avisar si alguna dependencia del gobierno (como una secretaría o un municipio) hizo retiros de efectivo que sean raros o sospechosos durante una campaña electoral. El punto 3 de este artículo fue eliminado por una decisión de la Suprema Corte de Justicia, así que ya no existe en la ley.
- Art. 59Cada partido político tiene la obligación de llevar sus cuentas claras y manejar bien sus registros de dinero. También debe cumplir con lo que dice esta ley y con las reglas que pongan el INE y la Comisión de Fiscalización. En pocas palabras, los partidos son los únicos responsables de que su contabilidad esté en orden y de seguir las instrucciones de las autoridades electorales.
- Art. 60Los partidos políticos deben llevar su contabilidad de una manera muy ordenada y clara. Tienen que registrar cada peso que les entre o salga, siguiendo reglas técnicas parecidas a las de cualquier empresa. También deben anotar todas sus operaciones financieras, como lo que gastan en campañas o lo que compran, y hacerlo de forma que se vea claramente cómo les va en sus finanzas. Además, todo este registro tiene que hacerse en un sistema de computadora al que el INE pueda entrar en cualquier momento para revisar que todo esté en orden.
- Art. 61Los partidos políticos tienen que manejar su dinero de forma ordenada y transparente. Deben llevar un registro detallado de todo lo que tienen, deben, gastan y reciben, usando libros o sistemas que permitan al INE revisarlos fácilmente. También tienen que hacer reportes financieros claros y precisos, que se puedan comparar entre sí, siempre con cantidades en pesos mexicanos. Además, deben guardar todos esos documentos contables por lo menos cinco años. Cuando el INE les pida información, tienen que entregarla rápido: en 72 horas durante una solicitud normal, cada tres meses fuera de elecciones, y en solo tres días cuando firmen contratos en campañas.
- Art. 62El Consejo General del Instituto va a revisar que los avisos de contratación que presenten los partidos estén correctos, siguiendo sus propias reglas. Los partidos políticos tienen que entregar ese aviso junto con una copia del contrato firmada por el representante del partido, coalición o candidato. En el contrato deben incluir: qué se va a comprar o contratar, el precio por unidad y el total, cómo se va a llevar a cabo, y las multas o castigos si alguien no cumple. Esto es para que todo quede claro y sin trampas.
- Art. 63Los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos deben comprobar todos sus gastos con facturas que cumplan con la ley. Cuando paguen más de lo que equivale a 90 días de salario mínimo (como unos 7,500 pesos), deben hacerlo con transferencia bancaria o cheque a nombre del beneficiario. Además, cada gasto tiene que estar anotado en su contabilidad y deben pagar los impuestos que le corresponden a sus empleados o proveedores. Por último, cualquier compra que hagan debe ser legal, honesta, eficiente y con transparencia, evitando gastos innecesarios.
- Art. 64Los partidos políticos pueden decidir si el Instituto Nacional Electoral (INE) les paga todos sus gastos normales, de precampaña y campaña, o solo los de propaganda en la calle (como espectaculares, bardas o anuncios en camiones). Si eligen que el INE pague todo, ese instituto manejará las chequeras de la cuenta del partido durante la campaña. Si solo pagan la propaganda callejera, también se usa una cuenta especial controlada por el INE. El Consejo General del INE decide las reglas para que estos pagos sean transparentes, rápidos y cumplan con impuestos. En resumen, es una forma de que el dinero de los partidos sea manejado por una autoridad para evitar trampas.
- Art. 65El Instituto va a crear reglas claras para que todos podamos ver cómo los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos manejan su dinero. Esto incluye sus registros contables, los avisos que deben dar antes de hacer contrataciones y los papeles que necesitan para validar esos contratos. La idea es que nada quede escondido y que cualquier persona pueda revisar esa información. En pocas palabras, se busca que todo sea público y transparente.
- Art. 66Los partidos políticos en México no tienen que pagar ciertos impuestos. Por ejemplo, no pagan impuestos por las rifas o sorteos que organicen con permiso legal, ni por ferias o festivales para juntar dinero para sus actividades. Tampoco pagan el impuesto sobre la renta cuando venden propiedades que compraron para hacer su trabajo, ni por las donaciones en efectivo o en cosas que reciban. Además, no pagan impuestos por los folletos, carteles o propaganda que impriman para dar a conocer sus ideas, ni por usar equipos de sonido o video para eso. Por último, quedan libres de otros impuestos que diga la ley.
- Art. 67Este artículo dice que hay dos casos donde los estados y el gobierno de la Ciudad de México sí pueden cobrar ciertos impuestos, aunque antes pareciera que no. El primer caso es cuando se trata de impuestos sobre propiedades, como casas o terrenos, incluyendo cuando las divides, vendes, mejoras o cambian de valor. El segundo caso es cuando los estados, municipios o la Ciudad de México cobran impuestos o derechos por dar servicios públicos, como agua o recolección de basura. La Corte decidió que estos dos puntos, que fueron cambiados en 2023, vuelven a estar vigentes como estaban antes de esa fecha. En pocas palabras, estas reglas le permiten a los gobiernos locales seguir cobrando esos impuestos sin problema.
- Art. 68Este artículo dice que, aunque los partidos políticos tengan un trato especial en algunos impuestos, igual tienen que cumplir con todas las demás obligaciones fiscales. Los partidos deben retener y pagar al SAT el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los sueldos, salarios o pagos que les den a sus dirigentes, empleados o profesionistas. Si un partido no paga sus impuestos, la Comisión de Fiscalización debe avisarle a las autoridades fiscales. En pocas palabras, los partidos tienen que declarar y pagar impuestos como cualquier empresa o persona.
- Art. 69Los partidos políticos en México pueden mandar cartas y telegramas sin pagar, siempre y cuando sea para sus actividades normales y dentro del país. Eso significa que el gobierno les cubre el costo del servicio de correos y telégrafos. Solo aplica para lo que sea necesario para su funcionamiento, como enviar información o comunicarse entre sus miembros.
- Art. 70El artículo 70 habla sobre el envío de correo gratis, llamado franquicia postal, para los partidos políticos nacionales. El Instituto Nacional Electoral decide cada año cuánto dinero se usa para pagar este servicio, que es más en años de elecciones (4% del presupuesto) que en años sin elecciones (2%). Este beneficio se reparte por igual entre todos los partidos, y solo los comités directivos de cada partido pueden usarlo para mandar propaganda, publicaciones y correspondencia. El Instituto paga directamente al Servicio Postal Mexicano, no a los partidos, y si sobra dinero, se devuelve al gobierno federal.
- Art. 71El artículo 71 ya no está vigente, pero por orden de la Suprema Corte volvió a tener efecto desde noviembre de 2023. Básicamente, solo los comités nacionales de los partidos políticos pueden usar el servicio de telegramas sin pagar, y únicamente dentro de México. Cada partido puede designar a dos personas autorizadas para mandar esos telegramas, y sus datos deben registrarse ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Los telegramas solo se pueden usar en casos urgentes, no para propaganda, asuntos personales ni para enviar mensajes a alguien que esté en la misma ciudad. El INE debe incluir en su presupuesto anual el dinero para pagarle a la empresa de telégrafos por este servicio.
- Art. 72Los partidos políticos tienen la obligación de reportar todo el dinero que reciben y gastan para sus actividades diarias. Los gastos que deben reportar incluyen el dinero usado para invitar a la gente a participar en la democracia, promover la cultura política o impulsar el liderazgo de las mujeres. También cuentan los sueldos del personal, la renta de oficinas o muebles, la luz, el papel, la gasolina, los viáticos y cosas parecidas. La propaganda que hagan solo puede mostrar su emblema y mensajes sobre la democracia, sin frases que apoyen a un candidato o partido en específico. Además, los gastos para elegir candidatos internamente no pueden pasar del 2% del gasto ordinario total de ese año.
- Art. 73Los partidos políticos pueden usar el dinero que tienen destinado a capacitar y promover a las mujeres en política, solo para estos gastos: hacer investigaciones sobre cómo va el liderazgo de las mujeres; crear y repartir libros, revistas o folletos sobre igualdad de género; organizar pláticas, talleres o eventos para impulsar a las mujeres en la política; crear o mejorar medidas para prevenir y castigar la violencia política contra las mujeres; hacer publicidad sobre esas acciones; y cualquier otro gasto necesario para llevar a cabo todo lo anterior.
- Art. 74Los partidos políticos pueden incluir en sus reportes de gastos ciertas actividades que hacen como organizaciones de interés público, o sea, que benefician a la sociedad. Por ejemplo, dar cursos o eventos para que la gente participe en política, aprenda valores cívicos y respete los derechos humanos. También pueden reportar investigaciones sobre temas sociales, económicos o políticos, y gastos para crear, publicar y repartir información del partido entre sus miembros y simpatizantes, ya sea en papel o en internet. Todo lo necesario para organizar y promover estas acciones también se puede reportar.
- Art. 75El Consejo General del INE, siguiendo una sugerencia de la Comisión de Fiscalización y antes de que arranquen las precampañas, va a decidir qué gastos cuentan como gastos de precampaña. Esto lo hará según el tipo de convocatoria que publiquen los partidos políticos. En otras palabras, ellos definen qué se considera parte de la campaña interna de los partidos para elegir candidatos.
- Art. 76Este artículo define qué son los "gastos de campaña", es decir, todo el dinero que los partidos y candidatos usan para pedir tu voto. Por ejemplo, incluye lo que gastan en propaganda como lonas, volantes, spots de radio y televisión, renta de equipos de sonido o salones para eventos, sueldos del personal que trabaja en la campaña, viajes y transporte, y hasta anuncios pagados en periódicos o revistas. También cuenta cualquier gasto que sirva para promocionar al candidato o al partido entre el fin de las precampañas y el inicio oficial de la campaña. Eso sí, los gastos para el funcionamiento normal del partido, como la renta de su oficina permanente o los sueldos de sus directivos, **no** se consideran gastos de campaña. Finalmente, todo lo que se gaste debe tener como objetivo directo convencerte de votar por ellos.
- Art. 77Cada partido político debe tener un equipo interno (su propio "órgano") que se encargue de manejar todo su dinero y bienes: tanto los que reciben para gastos diarios como los que usan en precampañas y campañas electorales. Ese mismo equipo también es el responsable de entregar los reportes de gastos que pide la ley. Cómo se forma y cómo funciona este equipo lo decide libremente cada partido. Por otro lado, la revisión de esos reportes y las auditorías para verificar que todo esté en orden las hace el Instituto Nacional Electoral (INE) a través de su Comisión de Fiscalización, que elabora un dictamen y propone una resolución sobre lo que los partidos reportaron.
- Art. 78Los partidos políticos tienen que entregar reportes de sus gastos cada tres meses y cada año. El reporte trimestral se debe entregar a más tardar 30 días después de que termine el trimestre, y ahí deben decir cuánto dinero les entró y en qué lo gastaron. El reporte anual se entrega 60 días después de que termine el año, e incluye todos sus ingresos, gastos y una lista de los bienes que tienen, como edificios. Si la autoridad encuentra errores en los informes, notifica al partido para que los corrija. Las agrupaciones políticas que no son partidos solo presentan un informe anual, igual que los partidos.
- Art. 79Cuando un partido político y sus candidatos hacen campaña o precampaña, deben entregar un reporte detallado de todo el dinero que recibieron y en qué lo gastaron, ya sea en anuncios, eventos o propaganda. Estos informes los tiene que presentar el partido por cada uno de sus precandidatos y candidatos, a más tardar diez días después de que termine la precampaña o durante la campaña cada 30 días. El candidato o precandidato también es responsable si algo sale mal con esos reportes, aunque las faltas se revisan por separado. Además, si después de la precampaña queda propaganda en la calle con la imagen del ganador, ese gasto se cuenta como parte de su campaña y debe reportarse igual.
- Art. 80Los partidos políticos tienen que entregar a la autoridad dos tipos de informes sobre su dinero: unos cada tres meses (trimestrales) y otros cada año (anuales). Los informes trimestrales solo sirven para que la autoridad se entere de cómo van, no para sancionar. En cambio, los informes anuales sí se revisan a fondo: la autoridad tiene 60 días para checarlos, y si encuentra errores, le avisa al partido para que los corrija en 10 días. Si el partido hace las correcciones, la autoridad le dice si ya quedó bien o si necesita arreglar más cosas en un plazo de 5 días que ya no se puede alargar. Todo esto es para asegurar que los partidos manejen bien el dinero y no haya trampas.
- Art. 81La Unidad Técnica del INE revisa los gastos e ingresos de los partidos políticos. Cuando terminan su revisión, tienen que hacer un documento que explique qué encontraron. Ese documento debe incluir tres cosas: primero, los resultados y conclusiones de la revisión; segundo, si hubo errores o irregularidades; y tercero, si los partidos corrigieron o aclararon algo después de que les avisaran.
- Art. 82Si un partido político no está de acuerdo con el resultado de la revisión de sus gastos o ingresos, puede quejarse ante un tribunal especial. En ese caso, el Consejo General del INE debe hacer tres cosas: primero, enviar al tribunal toda la información del caso junto con la queja del partido; segundo, después de que el tribunal decida, publicar en el Diario Oficial un resumen de lo que se revisó y lo que se resolvió; y tercero, subir a internet el informe completo y las decisiones finales para que todos puedan verlas.
- Art. 83El artículo habla sobre cómo los partidos políticos deben dividir los gastos cuando hacen campaña para varios puestos juntos. Primero, cuando un partido hace propaganda general (sin decir a qué candidato apoyan), esos gastos se reparten entre todas las campañas beneficiadas. Segundo, si en un anuncio aparecen dos o más candidatos, el dinero se divide con porcentajes fijos. Por ejemplo, si promocionan juntos al candidato a Presidente y al de Senador, el 40% va para la presidencia y el 60% para el Senado. Si incluyen a un candidato a Diputado Federal, los porcentajes cambian según la combinación.
- Art. 84El Consejero Presidente, los Consejeros Electorales y el Secretario Ejecutivo pueden pedir en cualquier momento información sobre en qué gastan su dinero los partidos políticos a la Comisión de Fiscalización (que es el área encargada de revisar los gastos). Además, durante las precampañas y campañas, esa Comisión debe darles un reporte privado a los Consejeros Electorales cada 25 días, contando cómo van las revisiones de los gastos.
- Art. 85Un frente es una alianza de partidos para trabajar juntos en temas sociales o políticos, pero sin buscar ganar elecciones. Si quieren competir juntos en una votación federal, forman una coalición y registran a los mismos candidatos, siguiendo las reglas de la ley. También pueden fusionarse, o sea, dos o más partidos se vuelven uno solo, sea creando uno nuevo o uno absorbe al otro. Los partidos nuevos no pueden hacer estos acuerdos con otros partidos hasta después de su primera elección, ya sea federal o local. Las leyes locales de cada estado pueden permitir formas distintas de que los partidos se asocien para postular candidatos.
- Art. 86Para formar un frente entre partidos políticos, deben firmar un acuerdo por escrito donde expliquen cuánto va a durar, por qué lo hacen, qué quieren lograr y cómo van a compartir ciertos recursos o derechos que la ley les da. Ese acuerdo se entrega al Instituto Nacional Electoral (INE), que tiene 10 días hábiles para revisar que todo esté en orden y, si es así, ordena publicarlo en el Diario Oficial de la Federación para que empiece a funcionar. Los partidos que se unen en un frente no pierden su existencia legal, su nombre ni su registro; siguen siendo los mismos, solo trabajan juntos temporalmente.
- Art. 87Los partidos políticos pueden aliarse (hacer coaliciones) para las elecciones de presidente, senadores y diputados federales, y también para gobernadores, diputados locales y ayuntamientos. Si un partido se une a una coalición, no puede poner su propio candidato en esa misma elección, ni puede registrar a alguien que ya haya sido candidato de la coalición o de otro partido. Para formar la coalición, los partidos deben hacer un acuerdo por escrito y registrarlo; solo pueden hacer una coalición por cada proceso electoral y no pueden pasarse votos entre ellos. Después de la elección, la coalición se termina automáticamente y los candidatos que ganaron se quedan en el partido que acordaron. En las boletas, cada partido de la coalición aparece con su propio logo, y los votos se suman para el candidato de la coalición.
- Art. 88Los partidos políticos pueden hacer tres tipos de alianzas (coaliciones) cuando van a elegir presidente, gobernadores, diputados o senadores. La alianza total es cuando todos los partidos que se juntan registran a sus candidatos para todos los puestos con el mismo plan de gobierno. La alianza parcial es cuando se juntan para postular por lo menos a la mitad de sus candidatos. La alianza flexible es cuando se unen para postular al menos a un 25 por ciento de sus candidatos. Si dos o más partidos hacen una alianza total para diputados o senadores, también tienen que aliarse para la elección de presidente o gobernador; si no cumplen, la alianza y el registro de candidatos se cancelan automáticamente.
- Art. 89Si varios partidos quieren unirse en una coalición para las elecciones, primero deben demostrar que sus líderes nacionales aprobaron todo correctamente. También tienen que mostrar que acordaron una misma plataforma electoral (sus propuestas) y, si aplica, un plan de gobierno. Además, deben comprobar que eligieron a sus candidatos de forma legal, ya sea para presidente, diputados o senadores. Al final, cada partido por separado debe presentar sus listas de candidatos para diputados y senadores de representación proporcional (los que se asignan según el porcentaje de votos). Básicamente, todo tiene que estar bien autorizado por las reglas internas de cada partido.
- Art. 90Cuando varios partidos se unen para apoyar a un candidato (a eso se le llama coalición), cada partido mantiene su propio lugar en los consejos del Instituto Electoral y ante las mesas de casilla donde se vota. Esto significa que no pierden sus espacios individuales aunque vayan juntos. Los consejos del Instituto son los grupos que organizan las elecciones, y las mesas directivas de casilla son las personas que reciben los votos el día de la elección.
- Art. 91Cuando los partidos políticos se juntan para apoyar a los mismos candidatos en una elección, deben firmar un documento llamado "convenio de coalición". Ese papel debe decir qué partidos están participando, para qué elección es (federal o local), cómo van a elegir a sus candidatos y cuál es su plan de gobierno. También tienen que especificar de qué partido viene originalmente cada candidato y quién los representará si alguien impugna los resultados. Además, los partidos deben aceptar que, como coalición, gastarán lo mismo que un solo partido durante las campañas, y tienen que reportar cuánto dinero aportó cada uno. Si ganan, los candidatos pueden usar tiempo en radio y televisión según las reglas electorales, pero siempre deben aclarar que van en coalición y qué partido es el responsable del mensaje. Por último, la coalición debe respetar lo que dice la Constitución sobre la propaganda electoral, que no puede ser negativa o denigrar a otros candidatos.
- Art. 92Para que dos o más partidos políticos se unan temporalmente para una elección (a eso se le llama coalición), deben presentar su acuerdo por escrito al presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) o del instituto electoral de tu estado. Este trámite se hace a más tardar 30 días antes de que empiecen las precampañas, que es cuando los partidos eligen a sus candidatos. Si el presidente no está, puedes entregar el documento al secretario del instituto. Después de recibirlo, el instituto tiene 10 días para revisar y aprobar o rechazar la coalición. Una vez que la aprueben, deben publicar el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación o en el periódico oficial de tu estado para que todos lo sepan.
- Art. 93Si dos o más partidos se quieren unir para formar uno solo, tienen que ser del mismo nivel: todos nacionales o todos locales. Para hacerlo, deben firmar un acuerdo donde decidan si crean un partido nuevo o si uno de los que ya existen se queda con el registro y los demás desaparecen. Ese acuerdo tiene que ser aprobado por los miembros de cada partido. Una vez que se fusionan, al nuevo partido se le respeta la antigüedad del más viejo y se le suman los votos que cada uno sacó en la última elección. Todo el papeleo se entrega al INE o al organismo electoral de tu estado y, si está bien, se publica en el Diario Oficial.
- Art. 94Un partido político puede perder su registro y desaparecer si no participa en una elección normal, si no junta al menos el 3% de los votos válidos en las elecciones para presidente, diputados o senadores (a nivel nacional) o para gobernador, diputados locales o presidentes municipales (a nivel local). También lo pierde si deja de cumplir los requisitos con los que se registró, si desobedece grave y seguido las leyes electorales, si sus propios miembros deciden disolverlo, o si se fusiona con otro partido.
- Art. 95Artículo 95. Este artículo habla sobre cómo y cuándo un partido político o agrupación política puede perder su registro, que es como su permiso oficial para existir y participar en elecciones. 1. Si un partido pierde su registro por no sacar los votos suficientes, la Junta General del INE debe hacer un anuncio oficial basado en los resultados de las elecciones y en lo que diga el Tribunal Electoral, y publicarlo en el Diario Oficial de la Federación (el periódico del gobierno federal). 2. En otros casos específicos, como cuando un partido no cumple ciertas reglas, el Consejo General del INE también publica la pérdida de registro en el Diario Oficial. Pero antes de quitarle el registro a un partido, deben darle la oportunidad de defenderse y dar sus razones. 3. Si es un partido o agrupación local (de un estado), el Consejo General del organismo electoral de ese estado debe hacer el anuncio oficial, explicando claramente por qué pierde el registro, y publicarlo en el periódico oficial del estado. 4. Cuando un partido pierde el registro, los candidatos que ya ganaron una elección por mayoría de votos (los que quedaron en primer lugar) no pierden su triunfo. El partido desaparece, pero los candidatos electos siguen en su cargo. 5. Si un partido nacional pierde el registro por no alcanzar el mínimo de votos en las elecciones federales, puede pedir convertirse en partido local en uno o más estados donde haya obtenido al menos el 3% de los votos válidos en la elección anterior y haya postulado candidatos en al menos la mitad de los municipios y distritos de ese estado. Con eso, automáticamente cumple con
- Art. 96Cuando un partido político pierde su registro (es decir, deja de existir legalmente), le quitan ese registro y ya no tiene derecho a recibir los apoyos, dinero o ventajas que venía teniendo por parte del gobierno. Además, el partido ya no cuenta como una persona jurídica (como una empresa o institución con derechos y obligaciones). Pero los líderes y candidatos del partido tienen la obligación de seguir cumpliendo con las reglas sobre cómo se maneja el dinero del partido, hasta que terminen los trámites de revisión y se liquiden todos sus bienes.
- Art. 97Cuando un partido político pierde su registro (ya sea por no alcanzar los votos mínimos en las elecciones o por otra razón que marque la ley), el Instituto Nacional Electoral (INE) nombra a un interventor. Esta persona se encarga de controlar y vigilar todo el dinero y los bienes que le quedan al partido. El partido no puede gastar ni vender nada sin el permiso del interventor, ni puede regalar o hipotecar sus propiedades. Una vez que se confirma oficialmente la pérdida del registro, el interventor publica un aviso de liquidación para que esos recursos y bienes pasen al gobierno federal.