Artículo 52 de la LEY General de Partidos Políticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que un partido político nacional pueda recibir dinero del gobierno de tu estado, necesita haber sacado al menos el 3% de los votos válidos en la elección local anterior. La votación válida son los votos que sí cuentan, sin incluir los anulados o en blanco. Cada estado tiene su propia ley para definir cómo y cuánto dinero le dará al partido que cumpla con ese requisito. En resumen, si el partido no alcanzó ese 3% en tu estado, no recibirá recursos públicos locales.
Texto oficial
Artículo 52. [1. Para que un partido político nacional cuente con recursos públicos locales deberá haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en el proceso electoral local anterior en la entidad federativa de que se trate. 2. Las reglas que determinen el financiamiento local de los partidos que cumplan con lo previsto en el párrafo anterior se establecerán en las legislaciones locales respectivas.] Artículo reformado DOF 02-03-2023 Artículo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 CAPÍTULO II Del Financiamiento Privado
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.