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Ley
LEY General de Partidos Políticos
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY General de Partidos Políticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada partido político tiene la obligación de llevar sus cuentas claras y manejar bien sus registros de dinero. También debe cumplir con lo que dice esta ley y con las reglas que pongan el INE y la Comisión de Fiscalización. En pocas palabras, los partidos son los únicos responsables de que su contabilidad esté en orden y de seguir las instrucciones de las autoridades electorales.

Texto oficial

Artículo 59. 1. Cada partido político será responsable de su contabilidad y de la operación del sistema de contabilidad, así como del cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y las decisiones que en la materia emita el Consejo General del Instituto y la Comisión de Fiscalización. [2. Suprimido] Numeral adicionado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Ver texto oficial de la LEY General de Partidos Políticos (pág. 33) ↗

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