Artículo 41 de la LEY General de Partidos Políticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada partido político debe tener reglas escritas (estatutos) que digan qué obligaciones tienen sus miembros. Como mínimo, los miembros deben: respetar las reglas del partido y sus principios; ayudar con los gastos del partido pagando cuotas según lo que marquen sus reglas internas; cuidar que haya democracia dentro del partido y que se cumplan sus normas; cumplir las leyes electorales y las decisiones que tomen los órganos del partido; asistir a juntas y asambleas cuando les toque; y también deben capacitarse en los cursos que el partido ofrezca.
Texto oficial
Artículo 41. 1. Los estatutos de los partidos políticos establecerán las obligaciones de sus militantes y deberán contener, al menos, las siguientes: a) Respetar y cumplir los estatutos y la normatividad partidaria; b) Respetar y difundir los principios ideológicos y el programa de acción; c) Contribuir a las finanzas del partido político en los términos previstos por las normas internas y cumplir con el pago de cuotas que el partido determine, dentro de los límites que establezcan las leyes electorales; d) Velar por la democracia interna y el cumplimiento de las normas partidarias; e) Cumplir con las disposiciones legales en materia electoral; f) Cumplir con las resoluciones internas que hayan sido dictadas por los órganos facultados para ello y con base en las normas partidarias; g) Participar en las asambleas, convenciones y demás reuniones a las que le corresponda asistir, y h) Formarse y capacitarse a través de los programas de formación del partido político.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.