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Ley
LEY General de Partidos Políticos
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY General de Partidos Políticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con lo que dice este capítulo, te van a castigar conforme a lo que marca la ley correspondiente. Además, los partidos políticos también pueden recibir sanciones según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. En pocas palabras, tanto tú como el partido se pueden meter en problemas si no respetan estas reglas.

Texto oficial

Artículo 33. 1. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Capítulo será sancionado en los términos que dispone la ley de la materia, sin perjuicio de las sanciones establecidas para los partidos políticos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. TÍTULO TERCERO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS CAPÍTULO I De los Asuntos Internos de los Partidos Políticos

Ver texto oficial de la LEY General de Partidos Políticos (pág. 20) ↗

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