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Ley
LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es como un grupo de personas que se encargan de ponerse de acuerdo y dar reglas para resolver un tema importante. Sirve para que distintas dependencias del gobierno trabajen juntas y no cada quien por su lado. Su chamba es darle seguimiento constante a lo que se hace, para que se creen políticas y planes de acción. En corto, es el lugar donde se coordinan y deciden cómo atender el asunto de manera organizada.

Texto oficial

Artículo 24. El Consejo es una instancia normativa, de consulta y coordinación, a través de la cual se dará seguimiento continuo a las acciones que tengan por objeto promover mecanismos interinstitucionales, que permitan establecer políticas públicas y estrategias de atención en la materia.

Ver texto oficial de la LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (pág. 9) ↗

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