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Artículo 25 de la LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo está formado por los jefes de varias oficinas del gobierno federal. Lo preside el director del Sistema Nacional DIF, y también participan la Secretaría de Gobernación, la de Desarrollo Social, la de Educación Pública, la del Trabajo, el IMSS, el ISSSTE, y otros. Además, se invita siempre al Instituto Nacional de las Mujeres y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, pero solo pueden opinar, no votar. Los cargos en este Consejo son honoríficos, es decir, nadie cobra por estar ahí, y representan a su institución, no a ellos mismos.

Texto oficial

Artículo 25. El Consejo se integrará con los Titulares de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal: I. El Sistema Nacional DIF, quien lo presidirá; II. La Secretaría; III. La Secretaría de Gobernación; IV. La Secretaría de Desarrollo Social; V. La Secretaría de Educación Pública; VI. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social; VII. El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; VIII. El Instituto Mexicano del Seguro Social; IX. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; X. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y XI. Un representante del sector obrero y otro del sector empresarial, que lo serán los representantes en el Instituto Mexicano del Seguro Social. Párrafo con fracciones reformado DOF 04-12-2014 Serán invitados permanentes a las sesiones del Consejo, el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quienes tendrán derecho a voz. Los nombramientos en el Consejo serán honoríficos e institucionales. LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 10 de 28

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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