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Artículo 9 de la LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que las niñas y los niños tienen derecho a recibir servicios que los cuiden, los atiendan y ayuden a su desarrollo completo. Estos servicios deben ser de buena calidad, con un trato amable y respetuoso, en un ambiente seguro y protegido. También deben respetar sus derechos, quiénes son como persona y lo que los hace únicos. Todo esto se hace para asegurar que siempre se piense primero en lo que es mejor para ellos.

Texto oficial

Artículo 9. Niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.