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Artículo 7 de la LEY General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para prevenir la violencia y la delincuencia, se van a poner en marcha programas de desarrollo en temas como salud, educación, empleo, vivienda y deporte, pero sin etiquetar ni señalar a las personas. También se van a impulsar actividades que combatan la marginación y la exclusión, y se va a fomentar que los conflictos se resuelvan hablando, con diálogo y tolerancia, sin discriminar a nadie. Además, se van a crear estrategias para que la población entienda y respete la ley y la diversidad cultural, con programas especiales para los grupos más vulnerables. Igual se van a generar oportunidades de desarrollo para comunidades en riesgo o marginadas, y se van a proteger a las familias para que no se desintegren por violencia, educando y dando poder a todos sus miembros sin distinción.

Texto oficial

Artículo 7.- La prevención social de la violencia y la delincuencia en el ámbito social se llevará a cabo mediante: I. Programas integrales de desarrollo social, cultural y económico que no produzcan estigmatización, incluidos los de salud, educación, vivienda, empleo, deporte y desarrollo urbano; II. La promoción de actividades que eliminen la marginación y la exclusión; III. El fomento de la solución pacífica de conflictos privilegiando la comunicación a través del diálogo, la tolerancia y el principio de no discriminación; Fracción reformada DOF 04-05-2021 IV. Estrategias de educación y sensibilización de la población para promover la cultura de legalidad y tolerancia respetando al mismo tiempo las diversas identidades culturales. Incluye tanto programas generales como aquéllos enfocados a grupos sociales y comunidades en altas condiciones de vulnerabilidad; Fracción reformada DOF 04-05-2021 V. Se establecerán programas que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades de desarrollo especialmente para los grupos en situación de riesgo, vulnerabilidad, marginación, o afectación, y Fracción reformada DOF 04-05-2021 LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 04-05-2021 4 de 13 VI. Estrategias y acciones de protección a las familias para evitar su desintegración y cualquier modalidad de violencia que la propicie, a través de la educación y el empoderamiento de todos sus miembros sin ningún tipo de discriminación. Fracción adicionada DOF 04-05-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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