- Ley
- LEY General de Responsabilidades Administrativas
- Artículo
- 188
Artículo 188 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las notificaciones son los avisos que te da la autoridad para que sepas lo que pasa en tu juicio. Te los pueden entregar directamente a ti o dejarlos en un lugar especial llamado "estrados", que es como un pizarrón o ventanilla pública de la oficina donde están llevando tu asunto. No importa si la autoridad que te manda el aviso es la que investiga tu caso o la que va a tomar la decisión final.
Texto oficial
Artículo 188. Las notificaciones podrán ser hechas a las partes personalmente o por los estrados de la Autoridad substanciadora o, en su caso, de la resolutora.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.