Artículo 21 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las secretarías (como la de la Función Pública) pueden hacer acuerdos con empresas, personas dueñas de negocios o cámaras empresariales para ayudarles a poner reglas propias de honestidad. Estos acuerdos les sirven para crear controles internos y un programa de integridad, o sea, un plan para evitar trampas y corrupción. Así, las organizaciones aprenden a trabajar con ética y buenas prácticas desde adentro. Todo esto es voluntario, busca orientar, no castigar.
Texto oficial
Artículo 21. Las Secretarías podrán suscribir convenios de colaboración con las personas físicas o morales que participen en contrataciones públicas, así como con las cámaras empresariales u organizaciones industriales o de comercio, con la finalidad de orientarlas en el establecimiento de mecanismos de autorregulación que incluyan la instrumentación de controles internos y un programa de integridad que les permita asegurar el desarrollo de una cultura de la ética, honestidad y buenas prácticas en su organización. Artículo reformado DOF 02-01-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.