- Ley
- LEY General de Responsabilidades Administrativas
- Artículo
- 223
Artículo 223 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 223 dice que si un trabajador del gobierno que tiene un puesto de base (es decir, con derechos laborales estables) comete una falta grave, su jefe directo (el titular de la dependencia) es quien lo puede suspender o despedir. Eso aplica en la parte de la ley que habla de cómo se cumplen los castigos por faltas serias, tanto de servidores públicos como de particulares. En palabras más claras: nadie más que el jefe de la oficina puede tomar la decisión de correr o suspender a un empleado de base.
Texto oficial
Artículo 223. Tratándose de los Servidores Públicos de base, la suspensión y la destitución se ejecutarán por el titular del Ente público correspondiente. Sección Segunda Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas graves y Faltas de particulares
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