- Ley
- LEY General de Responsabilidades Administrativas
- Artículo
- 224
Artículo 224 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un tribunal te pone una multa, esa deuda se convierte en un cobro que el gobierno (ya sea federal, estatal o municipal) tiene derecho a exigirte. Para cobrarla, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o la autoridad local encargada de los impuestos usan un proceso llamado "procedimiento administrativo de ejecución", que básicamente es una serie de pasos legales para obligarte a pagar. A esa autoridad le avisan de la multa que el tribunal te impuso, y luego ellos se encargan de hacer el cobro.
Texto oficial
Artículo 224. Las sanciones económicas impuestas por los Tribunales constituirán créditos fiscales a favor de la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o del patrimonio de los entes públicos, según corresponda. Dichos créditos fiscales se harán efectivos mediante el procedimiento administrativo de ejecución, por el Servicio de Administración Tributaria o la autoridad local competente, a la que será notificada la resolución emitida por el Tribunal respectivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.