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Artículo 29 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tu declaración patrimonial y de intereses será pública, pero los datos personales o privados que la Constitución protege no se mostrarán. Para asegurarlo, el Comité Coordinador (con ayuda del Comité de Participación Ciudadana) creará formatos especiales. En esos formatos, los datos sensibles quedarán guardados solo para las autoridades que los necesiten.

Texto oficial

Artículo 29. Las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Para tal efecto, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.