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Artículo 4 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley se aplica a tres tipos de personas. Primero, a los servidores públicos, o sea, todos los que trabajan en el gobierno. Segundo, también aplica a quienes ya fueron servidores públicos, pero que cometieron alguna falta mientras estaban en el cargo. Y tercero, incluye a cualquier persona normal que esté metida en alguna falta administrativa grave, como sobornos o corrupción.

Texto oficial

Artículo 4. Son sujetos de esta Ley: I. Los Servidores Públicos; II. Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley, y III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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