Artículo 4 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley se aplica a tres tipos de personas. Primero, a los servidores públicos, o sea, todos los que trabajan en el gobierno. Segundo, también aplica a quienes ya fueron servidores públicos, pero que cometieron alguna falta mientras estaban en el cargo. Y tercero, incluye a cualquier persona normal que esté metida en alguna falta administrativa grave, como sobornos o corrupción.
Texto oficial
Artículo 4. Son sujetos de esta Ley: I. Los Servidores Públicos; II. Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley, y III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.