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Ley
LEY General de Responsabilidades Administrativas
Artículo
46

Artículo 46 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los servidores públicos (gente que trabaja en el gobierno) que tienen que reportar su patrimonio, también están obligados a declarar sus intereses para que se vea si hay algún conflicto con su trabajo. Las oficinas de control del gobierno se van a encargar de subir toda esa información a un sistema especial que junta los datos de patrimonio, intereses y declaración de impuestos.

Texto oficial

Artículo 46. Se encuentran obligados a presentar declaración de intereses todos los Servidores Públicos que deban presentar la declaración patrimonial en términos de esta Ley. Al efecto, las Secretarías y los Órganos internos de control se encargarán de que las declaraciones sean integradas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.

Ver texto oficial de la LEY General de Responsabilidades Administrativas (pág. 16) ↗

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