Artículo 88 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometiste una falta administrativa grave (como corrupción o algo similar) y aún no te han cachado, o si estás en medio de cometerla, puedes confesar tu responsabilidad ante la autoridad que investiga. Al hacerlo, podrías recibir un castigo más leve, según lo que dice el siguiente artículo. Esto es como un "aventón" para que pagues menos consecuencias, pero solo aplica si confiesas antes de que te agarren.
Texto oficial
Artículo 88. La persona que haya realizado alguna de las Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, o bien, se encuentre participando en su realización, podrá confesar su responsabilidad con el objeto de acogerse al beneficio de reducción de sanciones que se establece en el artículo siguiente. Esta confesión se podrá hacer ante la Autoridad investigadora.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.