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Artículo 109 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Salud le va a pasar a la Secretaría de Hacienda toda la información que tenga sobre estadísticas de salud en México, como cuántas personas se enferman o mueren. Esa información se va a meter al Sistema Nacional Estadístico, que es como la base de datos oficial del país. Además, la Secretaría de Salud va a participar en las juntas donde se decida cómo se usan esos datos. Básicamente, comparten números de salud para que el gobierno los tenga organizados.

Texto oficial

Artículo 109.- La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los datos que integren las estadísticas nacionales para la salud que elabore, para su incorporación al Sistema Nacional Estadístico, y formará parte de las instancias de participación y consulta que para esos fines se instituyan. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 09-04-2012

Ver ley oficial en el DOF (pág. 71) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.