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Artículo 130 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Salud, junto con las oficinas de trabajo, el IMSS, el ISSSTE y los gobiernos estatales, tienen la obligación de hacer estudios en equipo (de distintas materias) para evitar y controlar enfermedades o accidentes causados por el trabajo. También deben investigar cómo ajustar las herramientas, máquinas y equipos de trabajo a lo que necesita cada persona. Todo esto se hace dentro de lo que le corresponde a cada autoridad, para que el trabajo sea más seguro y adecuado para ti.

Texto oficial

Artículo 130.- La Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades laborales y las instituciones públicas de seguridad social, y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán, desarrollarán y difundirán investigación multidisciplinaria que permita prevenir y controlar las enfermedades y accidentes ocupacionales, y estudios para adecuar los instrumentos y equipos de trabajo a las características de la persona. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 16-03-2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

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