Artículo 136 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes la obligación de avisar a la Secretaría de Salud o al centro de salud más cercano cuando se presenten ciertas enfermedades, y debes hacerlo según los tiempos que te explico. Para enfermedades muy graves como fiebre amarilla, peste o cólera, debes reportarlas de inmediato, en el momento. También tienes que avisar al instante si ves que alguna enfermedad está afectando a muchas personas al mismo tiempo (lo que se llama brote o epidemia). En otros casos, como poliomielitis, sarampión o tosferina, tienes hasta 24 horas para reportarlo. Además, si alguien da positivo al VIH (el virus del SIDA), también debes informar a la autoridad sanitaria inmediatamente.
Texto oficial
Artículo 136.- Es obligatoria la notificación a la Secretaría de Salud o a la autoridad sanitaria más cercana, de las siguientes enfermedades y en los términos que a continuación se especifican: Párrafo reformado DOF 27-05-1987 I. Inmediatamente, en los casos individuales de enfermedades objeto del Reglamento Sanitario Internacional fiebre amarilla, peste y cólera; II. Inmediatamente, en los casos de cualquier enfermedad que se presente en forma de brote o epidemia; III. En un plazo no mayor de veinticuatro horas en los casos individuales de enfermedades objeto de vigilancia internacional: poliomielitis, meningitis meningocóccica, tifo epidémico, fiebre recurrente transmitida por piojo, influenza viral, paludismo, sarampión, tosferina, así como los de difteria y los casos humanos de encefalitis equina venezolana, y IV. En un plazo no mayor de veinticuatro horas, de los primeros casos individuales de las demás enfermedades transmisibles que se presenten en un área no infectada. Asimismo, será obligatoria la notificación inmediata a la autoridad sanitaria más cercana, de los casos en que se detecte la presencia del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) o de anticuerpos a dicho virus, en alguna personal. Párrafo adicionado DOF 27-05-1987
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.